"Playa de Llas-Foz."

Sentencia del Tribunal Supremo Sala 1º de 1 de junio de 2017

La cancelación de contrato de swap nulo no supone su confirmación.

El caso de la sentencia se enmarca en la existencia de un previo contrato de swap considerado nulo, por falta de cumplimiento por la entidad de crédito de sus deberes de información contractual, el cual, ante las pérdidas y por oferta de la entidad de crédito, se cancela y se sustituye por un nuevo swap en condiciones más beneficiosas. La cuestión discutida es si esta conducta de cancelación y nueva contratación implica una confimación del primer contrato nulo, pronunciándose en contra el Tribunal. Declara la sentencia: " La cancelación anticipada del contrato no constituye un acto tácitamente convalidante, en tanto que dicha conducta encuentra justificación en el riesgo cierto de que tal situación se vaya agravando y suponga un importante quebranto económico ( sentencia 741/2015, de 17 de diciembre , citada por la posterior 164/2016, de 16 de marzo)".