"Playa de Llas-Foz."

En el Tema 27 (el apoderamiento) he añadido una referencia a la Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de enero de 2015, en la pregunta referida a la subsistencia del poder extinguido. Esta sentencia es interesante, pues extiende la tesis sobre aplicación literal del artículo 1738, exigiendo la doble buena fe del apoderado y del tercero, al caso de revocación del poder.